El Juzgado Federal N° 4 rechazó el amparo presentado por Ian Moche, el niño de 12 años con autismo, que le había pedido a la Justicia que inste a Javier Milei a borrar el tuit donde apuntaba contra él y el periodista Paulino Rodrigues. El juez Alberto Recondo defendió el argumento del mandatario, asegurando que su cuenta de X está protegida por “el derecho a la libertad de expresión”.

El magistrado resolvió que el reposteo del mandatario realizado el pasado 1 de junio no constituía un acto estatal ni un agravio directo al niño, al mismo tiempo que estableció que ordenar la eliminación de ese posteo implicaría una censura previa. En la resolución, señaló que "la libertad de expresión protege al funcionario público cuando habla como ciudadano, incluso sobre cuestiones de interés público”. 

El mensaje original era del usuario "Hombre Gris", que incluía fotos del menor junto a políticos opositores y lo describía como parte de una "operación contra Milei". Al compartirla en su cuenta de X, el mandatario escribió: "Pautino siempre del lado del mal. No falla nunca al momento de operar en contra del gobierno. Siempre del lado de los kukas…". 

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El tuit de Javier Milei por el cual fue denunciado (X @jmilei)

La denuncia firmada por la madre de Ian Moche establecía que este tuit violaba el interés superior del niño (art. 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño), su derecho al honor (art. 16 de la misma Convención) y lo exponía a violencia simbólica por su condición de persona con discapacidad. Sin embargo, en la resolución judicial se establece que el mensaje de Javier Milei estaba dirigido al periodista y no al niño.

Asimismo, destacó que la cuenta de X @jmilei no es un canal institucional, sino una cuenta personal. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema de EE.UU. (Lindke v. Freed, 2024), el magistrado subrayó que los funcionarios conservan su libertad de expresión como ciudadanos y que solo las publicaciones con intención clara de ejercer autoridad estatal pueden atribuirse al Estado.

Por último, el magistrado planteó que el "alto perfil" de Ian Moche "lo expone a la crítica y la opinión ajena". "Quien se ha expuesto voluntariamente a una actividad pública ha decidido también exponerse a las consecuencias que de su ejercicio se derivan", marcó Alberto Recondo en la resolución de 32 carillas.