Mató a un cachorro de puma y lo obligarán a terminar el secundario
El joven de 18 años golpeó con saña al pequeño felino hasta matarlo, sin embargo, su condena no será grave
La muerte de un cachorro de puma en La Playosa, Córdoba, volvió a poner en primer plano el debate sobre las penas por maltrato animal en Argentina. La escena, registrada en video, mostró cómo Orlando Gauna, de 18 años, golpeaba con saña al pequeño felino hasta matarlo. Las imágenes causaron un profundo repudio social. Sin embargo, la condena impuesta por la Justicia provincial —un año de prisión condicional y una serie de medidas educativas— volvió a evidenciar la baja escala penal para este tipo de delitos.
El hecho ocurrió en septiembre y la investigación se inició de oficio el 22 de ese mes. La causa quedó radicada en la Fiscalía de Competencia Múltiple N.º 1 de Villa María. Un allanamiento en un establecimiento rural cercano permitió encontrar el cuerpo sin vida del animal, además del garrote utilizado. Gauna fue detenido y, durante su indagatoria, reconoció su responsabilidad. A partir de allí, su defensa y el Ministerio Público Fiscal acordaron resolver el caso mediante juicio abreviado, una figura contemplada en el Código Procesal Penal de Córdoba.
La sentencia fue dictada el 13 de octubre por la jueza María Soledad Dottori, a menos de 20 días del inicio del proceso. Además de la pena de prisión condicional, la magistrada dispuso que el joven complete sus estudios secundarios y realice una capacitación obligatoria en materia ambiental y fauna silvestre, en el marco del artículo 27 bis del Código Penal. Para ello, se sugirió que la formación sea impartida por profesionales egresados de la Licenciatura en Veterinaria o de la Licenciatura en Ambiente y Energías Renovables de la Universidad Nacional de Villa María.
La resolución también estableció el decomiso del garrote utilizado en la agresión y del teléfono celular con el que el joven grabó la escena. Las autoridades judiciales destacaron que el fallo se enmarca en la normativa vigente y que busca dar cumplimiento a los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de protección de fauna silvestre y medioambiente: la Ley Nacional 22.421 de Conservación de la Fauna Silvestre, la Ley 14.346 de Actos de Crueldad Animal, la Ley Nacional 25.675 de Ambiente y la Ley Provincial 10.208 de Política Ambiental.
No obstante, la decisión judicial volvió a generar malestar y críticas en redes sociales y entre organizaciones proteccionistas. El principal foco de la controversia es que, pese a la brutalidad de la agresión y la existencia de pruebas audiovisuales, la pena no implica prisión efectiva. Este tipo de resoluciones son frecuentes cuando el condenado no posee antecedentes penales, ya que la legislación actual permite suspender el cumplimiento efectivo de la pena en casos de baja escala penal.
El caso se conoció, además, en medio del debate nacional por la llamada “Ley Conan”, una iniciativa impulsada por el presidente Javier Milei que busca agravar las penas por maltrato y crueldad animal. El proyecto propone modificar la Ley 14.346 —vigente desde hace siete décadas— y elevar las penas a un rango de seis meses a cinco años de prisión efectiva, además de incorporar multas económicas de entre 5 y 30 salarios mínimos. También plantea tipificar conductas específicas, como el abandono, los actos de crueldad extrema, el uso de animales en rituales y la explotación sexual de animales.